Millones de mexicanos trabajan con una app: conducen, reparten comida o entregan paquetes. Durante años lo hicieron como "independientes", sin Afore, sin incapacidades y sin semanas cotizadas. La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el DOF el 24 de diciembre de 2024 cambió ese panorama: las personas trabajadoras de plataformas digitales que alcanzan cierto ingreso mensual deben ser aseguradas por la plataforma ante el IMSS. En este artículo explicamos, con enfoque actuarial, quién califica en 2026, qué cubre el aseguramiento y qué significa para tu pensión.

Cómo arrancó el esquema

El IMSS puso en marcha una prueba piloto mediante reglas aprobadas por su Consejo Técnico, publicadas en el DOF el 24 de junio de 2025 y vigentes desde el 1 de julio de 2025. En ese esquema, la plataforma actúa como patrón: da de alta a la persona desde que se registra, y debe determinar, retener y enterar las cuotas obrero-patronales. Para 2026 la STPS ajustó los factores con los que se calcula el ingreso neto, de modo que el umbral cambió respecto del año anterior.

El umbral de ingreso 2026

Se considera persona trabajadora de plataforma, para efectos de seguridad social, a quien obtiene ingresos netos mensuales de al menos un salario mínimo. En 2026 el salario mínimo general es de $315.04 diarios, es decir, alrededor de $9,582 al mes. Como la plataforma solo conoce lo que pagó (el ingreso bruto), se aplica un factor de exclusión que descuenta los gastos del vehículo. Las propinas no cuentan.

Medio de trabajoFactor de exclusiónIngreso bruto mensual mínimo
Auto u otro vehículo de 4 ruedas o más48%≈ $18,428
Motocicleta (2 ruedas)32%≈ $14,092
Bicicleta, a pie o sin vehículo3%≈ $9,879

Ejemplo: un repartidor en moto que recibe $14,092 brutos descuenta 32% ($4,509) y queda con $9,583 netos: justo el mínimo. Si en un mes no llega, la plataforma lo da de baja de ese esquema al mes siguiente, por lo que la regularidad de tus ingresos importa.

Importante: las cifras provienen de notas basadas en el acuerdo de la STPS y de las reglas del IMSS. Confirma los montos vigentes en imss.gob.mx antes de tomar decisiones.

Qué seguros incluye

Quien califica queda asegurado en los ramos del régimen obligatorio: enfermedades y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales. El micrositio del IMSS también indica que el patrón pagará las aportaciones de vivienda al Infonavit. La base de cotización se obtiene dividiendo el ingreso neto del mes entre los días naturales del mes; el pago de cuotas se hace a periodo vencido, a más tardar el día 17 del mes siguiente.

Tu Afore y tu pensión

El ramo de Retiro, Cesantía y Vejez es el que alimenta tu cuenta individual. Como trabajador asegurado puedes elegir la Afore que prefieras, así que conviene comparar el rendimiento neto y las comisiones desde el primer día. No existe un régimen especial de semanas para este grupo: aplican las reglas generales de la Ley 97, con 875 semanas en 2026 (suben 25 por año hasta 1,000 en 2031) y edad de 60 años para cesantía o 65 para vejez.

La lectura actuarial es clara: lo que determina tu pensión es la densidad de cotización. Un conductor que cotiza solo seis meses al año acumula la mitad de semanas que uno que cotiza todo el año, y su saldo crece menos por interés compuesto. Como el esquema depende de superar el umbral cada mes, los meses de poca demanda pueden dejarte fuera. Las tasas exactas de aportación a la Afore y el reparto de cuotas por ramo en este esquema deben consultarse en las reglas del IMSS y en la Ley del Seguro Social; aquí no las afirmamos por no haberlas podido verificar en una fuente oficial.

Si no alcanzas el umbral

Quien no llega al ingreso mínimo se considera trabajador independiente. Tiene dos caminos: asegurarse de forma voluntaria en el régimen obligatorio como independiente, o la cuenta Afore con ahorro voluntario. Además, si sufres un riesgo de trabajo mientras prestas el servicio, las reglas del IMSS prevén que la plataforma te asegure y pague las cuotas durante la incapacidad, aunque ese mes no hayas llegado al mínimo.

Qué hacer ahora

Primero, verifica con tu CURP o NSS en IMSS Digital que la plataforma te haya dado de alta. Segundo, consulta tu estado de cuenta Afore para confirmar que se registran aportaciones. Tercero, revisa tus semanas en la constancia del IMSS y, si ves huecos, aclara a tiempo (guía de aclaración). Por último, si tus meses flojos te sacan del esquema, complementa con ahorro voluntario: aun $300 mensuales a 25 años, con rendimiento real de 3%, suman cerca de $104,000 en pesos de hoy.

Preguntas frecuentes

¿La plataforma me considera empleado?

Para efectos de seguridad social, sí: la plataforma es el patrón obligado a inscribirte. Es una figura distinta del contrato laboral ordinario.

¿Me descuentan algo de mi pago?

Las reglas prevén que el patrón retenga la parte obrera de las cuotas. Revisa en tu app el desglose; las tasas por ramo están en la Ley del Seguro Social.

¿Mis semanas cuentan para pensionarme?

Sí, como cualquier semana cotizada al IMSS, siempre que se registren con tu NSS y CURP. Si dejas de cotizar, revisa la conservación de derechos.

¿Puedo cambiar de Afore?

Sí. Aplican las reglas normales de traspaso.

Aviso: este contenido es informativo y no constituye asesoría individual. Las reglas del esquema pueden cambiar; verifica siempre en fuentes oficiales (IMSS, DOF, CONSAR).